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Permiso de acceso para embarcaciones deportivas o recreativas
• Según el Art. 39 del Ordenamiento y Reglamento de uso del parque, toda embarcación deportiva o recreativa debe obtener un permiso de acceso.
• La vigencia de este permiso es de 1 año calendario. INPARQUES informará su renovación en una fecha cercana a su vencimiento.
• Las infracciones cometidas ocasionarán la salida inmediata del visitante, así como la apertura de los procesos administrativos correspondientes.
• El visitante puede acudir a las siguientes instituciones:
• INPARQUES
• La Armada de Venezuela
• Capitanía de Puertos
• Vigilancia Costera de La Guardia Nacional
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