VENEZUELA VIRTUAL | Leyes de Venezuela | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas

Artículo 87.- En los casos que lo considere necesario, el juez penal remitirá el expediente relativo al consumo al juez civil, a los fines de interdicción o inhabilitación del farmacodependiente, si fuere procedente, de acuerdo a la legislación civil pertinente. 

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