VENEZUELA VIRTUAL | Leyes de Venezuela | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas

Titulo IV
Del consumo
 

Capítulo I
Del consumo y las medidas de seguridad
 

Artículo 75.- Quedan sujetos a las medidasde seguridad previstas en esta ley: 

1.- El consumidor de las sustancias a que serefiere este texto legal. 

2.- Quien siendo consumidor, posea dichassustancias en dosis personal para su consumo. A tal efecto, se tendrá comodosis personal, hasta dos (2) gramos en los casos de cocaína o sus derivados, compuestos o mezclas, con uno o varios ingredientes, y hasta veinte (20) gramosen los casos de cannabis sativa. En la posesión para el consumo de otras sustancias estupefacientes opsicotrópicas, el juez considerará las cantidades semejantes de acuerdo a la naturaleza y presentación habitual de la sustancia, a los efectos señalados se considerará el grado de pureza. 

En este caso, el juez decidirá con vista al informe que presenten los expertos forenses a que se refiere el artículo 114 de esta ley. 

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