Artículo 59.- El tribunal, para dictar el auto de sometimiento a juicio y suspensión condicional de la pena, requerirá, además de los requisitos establecidos en la ley de beneficios en el proceso penal,que:
L.- No concurra otro delito.
2.- No ser reincidente.
3.- No ser extranjero con condición de turista.
4.- El hecho punible presuntamente cometido merezca pena corporal que no exceda de ocho (8) años en su límite máximo.
Para la aplicación de los beneficios no se considerarán los límites máximos establecidos en la ley de beneficios en el proceso penal que colidan con esta ley.