VENEZUELA VIRTUAL | Leyes de Venezuela | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas

Artículo 46.- El que con engaño amenaza o violencia logre que alguna persona consuma las sustancias a que se refiere esta ley, será sancionado con prisión de quince (15) a veinte (20) años. 

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