Capítulo II
De la producción, fabricación. Refinación, transformación, extracción y preparación de las sustancias a que se refiere esta ley
Artículo 16.- La producción, fabricación, refinación, transformación, extracción y preparación o cualesquiera otras operaciones de manipulación de estas sustancia:, o de sus preparados, a que se refiere esta ley, estarán sometidos al régimen de autorización y fiscalización previsto en esta ley.