Artículo 24. Pliego de Condiciones. El pliego de condiciones de cada licitación expresará los derechos y obligaciones de las partes contratantes, el procedimiento de la licitación y las reglas conforme a las cuales se garantiza la transparencia, la igualdad y la libre concurrencia de todos los interesados. Una vez otorgado el respectivo contrato, formará parte integrante de éste y contendrá, sin carácter limitativo, los aspectos siguientes:
a) Descripción general y objetivos del proyecto;
b) Condiciones para la presentación de la oferta económica;
c) Aportes y garantías ofrecidos por el Estado, silos hubiere;
d) Grado de riesgo que asume el participante durante la construcción de la obra o prestación del servicio;
e) Condiciones y estándares de construcción, de servicio y de devolución de las obras al término de la concesión;
f) Fórmulas e índices a ser utilizados para la fijación o determinación de tarifas, precios y demás modos de retribución del concesionario;
g) Índices a ser utilizados para la determinación de la tasa interna de retorno del inversionista;
h) La forma y el plazo en que el concesionario podrá solicitarla revisión del sistema tarifario, de su fórmula de reajuste o del plazo de la concesión, por causas sobrevinientes que así lo justifiquen;
i) Criterios y métodos para la evaluación de los componentes técnicos y financieros de las propuestas;
j) Origen de los fondos para ejecutar los trabajos y el importe autorizado para el primer ejercicio, en el caso de proyectos cuya ejecución demande de aportes públicos;
k) Garantías a ser constituidas, incluida la de seriedad de la propuesta, indicando su naturaleza, cuantía y los plazos en que deben constituirse;
l) Los derechos que corresponden a los usuarios del servicio;
m) Plazos para consultas y aclaratorias sobre el pliego de condiciones;
n) Antecedentes que deben entregar los licitantes en las ofertas técnica y económica;
o) Forma, fecha, hora y lugar de la presentación de las ofertas y formalidades del acto de apertura;
p) Multas y demás sanciones establecidas;
q) Causales de suspensión y extinción de la concesión;
r) Forma de calcular la indemnización del concesionario en caso de rescate anticipado;
s) Plazo para el otorgamiento y firma del contrato.
Una vez hecha pública la convocatoria de la licitación, el pliego de condiciones no podrá alterarse o modificarse, salvo que se deje sin efecto la convocatoria realizada.