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Artículo 24. Pliego de Condiciones. El pliego de condiciones de cada licitación expresará los derechos y obligaciones de las partes contratantes, el procedimiento de la licitación y las reglas conforme a las cuales se garantiza la transparencia, la igualdad y la libre concurrencia de todos los interesados. Una vez otorgado el respectivo contrato, formará parte integrante de éste y contendrá, sin carácter limitativo, los aspectos siguientes:

a)     Descripción general y objetivos del proyecto;

b)   Condiciones para la presentación de la oferta económica;

c)   Aportes y garantías ofrecidos por el Estado, silos hubiere;

d)   Grado de riesgo que asume el participante durante la construcción de la obra o prestación del servicio;

e)   Condiciones y estándares de construcción, de servicio y de devolución de las obras al término de la concesión;

f)    Fórmulas e índices a ser utilizados para la fijación o determinación de tarifas, precios y demás modos de retribución del concesionario;

g)   Índices a ser utilizados para la determinación de la tasa interna de retorno del inversionista;

h)   La forma y el plazo en que el concesionario podrá solicitarla revisión del sistema tarifario, de su fórmula de reajuste o del plazo de la concesión, por causas sobrevinientes que así lo justifiquen;

i)    Criterios y métodos para la evaluación de los componentes técnicos y financieros de las propuestas;

j)       Origen de los fondos para ejecutar los trabajos y el importe autorizado para el primer ejercicio, en el caso de proyectos cuya ejecución demande de aportes públicos;

k)    Garantías a ser constituidas, incluida la de seriedad de la propuesta, indicando su naturaleza, cuantía y los plazos en que deben constituirse;

l)       Los derechos que corresponden a los usuarios del servicio;

m)   Plazos para consultas y aclaratorias sobre el pliego de condiciones;

n)     Antecedentes que deben entregar los licitantes en las ofertas técnica y económica;

o)     Forma, fecha, hora y lugar de la presentación de las ofertas y formalidades del acto de apertura;

p)   Multas y demás sanciones establecidas;

q)   Causales de suspensión y extinción de la concesión;

r)    Forma de calcular la indemnización del concesionario en caso de rescate anticipado;

s)   Plazo para el otorgamiento y firma del contrato.

Una vez hecha pública la convocatoria de la licitación, el pliego de condiciones no podrá alterarse o modificarse, salvo que se deje sin efecto la convocatoria realizada.

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