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Título I
Disposiciones fundamentales
Capítulo I
Ámbito de Aplicación de la Ley
Artículo 1: Esta Ley, regirá los procesos electorales que se celebren en todo el Territorio Nacional, mediante el sufragio universal, directo y secreto, con la finalidad de elegir Presidente de la República, Senadores y Diputados al Congreso de la República, Gobernadores de Estado, Diputados a las Asambleas Legislativas, Alcaldes, Concejales, miembros de las Juntas Parroquiales y demás autoridades y representantes que determinen las leyes. También se aplicará esta Ley en la organización y realización de los referendos que ella consagra, así como cualquier otro proceso electoral y referendo que deba realizarse por mandato de la Constitución de la República o la Ley.
Los Gobernadores de Estado se elegirán de acuerdo a lo previsto en esta Ley y en la Ley sobre Elección y Remoción de los Gobernadores de Estado.
Todos los actos a que se refiera esta Ley serán de carácter público.
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