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Título III
Regímenes prestacionales
Capítulo III
Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas
Sección Segunda
Instituto Nacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas
Patrimonio y Fuentes de Ingresos
Artículo 80 Los recursos para el funcionamiento del Instituto Nacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas, provendrán de las fuentes siguientes; aportes fiscales que se asignen con cargo al presupuesto del ministerio con competencia de Previsión Social, donaciones, legados, aportes, subvenciones y demás liberalidades que reciba de personas naturales y jurídicas. públicas o privadas, nacionales o extranjeras y por los demás bienes o ingresos que obtenga por cualquier titulo.
La administración de estos recursos estará regida por una regla de severidad del gasto.
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