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Título III
Regímenes prestacionales
Capítulo III
Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas

Sección Segunda
Instituto Nacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas

Competencias
Artículo 77 Son competencias del Instituto Nacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas las actividades siguientes:

1. Certificar, conforme a tos términos, condiciones y alcances previstos en la ley que regule el Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas, la calificación de los beneficiarios de prestaciones en dinero.

2. Liquidar y Ordenar a la Tesorería de Seguridad Social, el pago de las prestaciones en dinero causadas, según la ley que regule el Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas.

3. Conciliar la información de los pagos de las prestaciones en dinero y sus remanentes, a los efectos de garantizar la transparencia financiera del Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas.

4. Solicitar la autorización respectiva para celebrar Convenios de Reciprocidad Internacional, para el pago y reconocimiento de los derechos inherentes al Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas,

5. Conocer y tramitar los recaudos presentados por los afiliados y beneficiarios, necesarios para la exigibilidad de las prestaciones causadas con ocasión de las contingencias contempladas en la ley que regule el Régimen Prestacional de Pensiones y Oirás Asignaciones Económicas.

6. Conocer y decidir los recursos administrativos ejercidos por los solicitantes. en caso de rechazo de la solicitud, o de cesación en el pago de las prestaciones en dinero, o de su reintegro.

7. Conocer y decidir en los casos de prescripción y caducidad de las prestaciones en dinero.

8. Suministrar información a todo interesado sobre cualquier aspecto atinente al Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas, con las excepciones que establezca la ley.

9. Las demás que le otorgue esta Ley o las leyes y sus respectivos reglamentos, que regularán los regímenes prestacionales del Sistema de Seguridad Social.

 EFEMÉRIDES