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Título III
Regímenes prestacionales
Capítulo III
Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas

Sección Segunda
Instituto Nacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas

Finalidad
Artículo 73 El Instituto Nacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas tendrá como finalidad garantizar a la población sujeta al campo de aplicación del Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas las prestaciones en dinero establecidas en la presente Ley. y en la ley que regule el Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas y su reglamento.

 EFEMÉRIDES