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Título III
Regímenes prestacionales
Capítulo III
Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas
Sección Primera
Disposiciones Generales
Objeto
Artículo 63 Se crea el Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas que tiene por objeto garantizar a las personas contribuyentes, las prestaciones dinerarias que les correspondan, de acuerdo con las contingencias amparadas por este Régimen y conforme a los términos, condiciones y alcances previstos en esta Ley y las demás leyes que las regulan.
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