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Título III
Regímenes prestacionales
Capítulo II
Régimen Prestacional de Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de Personas
Rectoría, gestión y base legal
Artículo 62 El Régimen Prestacional de Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de Personas estará bajo la rectoría del ministerio con competencia en servicios sociales al adulto mayor y oirás categorías de personas; su gestión se realizará a través del Instituto Nacional de Geriatría y Gerontología (INAGER). El Régimen Prestacional de Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de Personas se regirá por las disposiciones de la presente Ley y por la ley que regula el Régimen Prestacional de Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de Personas.
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