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Título II
Estructura organizativa y funcional del sistema de seguridad social
Capítulo IV
Banco Nacional de Vivienda y Habitat

Administración, distribución e inversión de los recursos
Artículo 51 El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat tendrá a su cargo las funciones de administración, distribución e inversión de los recursos que provengan de cualquier fuente, para ser aplicados en la consecución de los objetivos en la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat y será su único administrador, de conformidad con la ley que rija la materia.

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