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Título II
Estructura organizativa y funcional del sistema de seguridad social
Capítulo IV
Banco Nacional de Vivienda y Habitat
Competencias del Banco Nacional de Vivienda y Habitat
Artículo 50 El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat asumirá las competencias del Banco Nacional de Ahorro y Préstamo y las funciones que viene desempeñando éste conforme a la ley que lo rige, sin perjuicio de las que le corresponderán de acuerdo con la presente Ley y la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Habitat.
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