VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social
Título II
Estructura organizativa y funcional del sistema de seguridad social
Capítulo IV
Tesorería de Seguridad Social

Información financiera y de gestión
Artículo 46: La información financiera y el Informe Anual de los resultados de la gestión de la Tesorería de Seguridad Social, una vez aprobados por el ministerio con competencia en materia de previsión social, serán publicados en la Gacela Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y, por lo menos, en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, así como por cualquier otro medio electrónico, informático o telemático. De ello se informará al Presidente de la República, en Consejo de Ministros, a la Asamblea Nacional, a la Contraloría General de la República y a los órganos de control social.

 EFEMÉRIDES