VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social
Título II
Estructura organizativa y funcional del sistema de seguridad social
Capítulo III
Superintendencia de Seguridad Social

Patrimonio y fuentes de ingreso
Artículo 34: Los recursos para el funcionamiento de la Superintendencia de Seguridad Social provendrán de las fuentes siguientes: aportes fiscales que se asignen del presupuesto del ministerio con competencia en materia de finanzas públicas, donaciones, legados, aportes, subvenciones y demás liberalidades que reciba de personas naturales o Jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, y por los demás bienes o ingresos que obtenga por cualquier titulo. La administración de estos recursos estará regido por una regla de severidad del gasto.

 EFEMÉRIDES