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Título II
Estructura organizativa y funcional del sistema de seguridad social
Capítulo III
Superintendencia de Seguridad Social
Patrimonio y fuentes de ingreso
Artículo 34: Los recursos para el funcionamiento de la Superintendencia de Seguridad Social provendrán de las fuentes siguientes: aportes fiscales que se asignen del presupuesto del ministerio con competencia en materia de finanzas públicas, donaciones, legados, aportes, subvenciones y demás liberalidades que reciba de personas naturales o Jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, y por los demás bienes o ingresos que obtenga por cualquier titulo. La administración de estos recursos estará regido por una regla de severidad del gasto.
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