VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social
Título II
Estructura organizativa y funcional del sistema de seguridad social
Capítulo II
Rectoría del Sistema

Unidades de Apoyo
Artículo 26: El órgano-rector del Sistema de Seguridad Social tendrá entre sus unidades de apoyo técnico y logístico, una Oficina de Estudios Actuariales y Económicos, y una Oficina de Asuntos Educativos y Comunicacionales, cuyos fines específicos serán establecidos en el Reglamento de esta Ley.

Cada Régimen Prestacional creará una Oficina de Asuntos Educativos y Comunicacionales, cuyos fines y funciones serán establecidos en las leyes de los regímenes prestacionales.
 EFEMÉRIDES