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Título II
Estructura organizativa y funcional del sistema de seguridad social
Capítulo II
Rectoría del Sistema
Unidades de Apoyo
Artículo 26: El órgano-rector del Sistema de Seguridad Social tendrá entre sus unidades de apoyo técnico y logístico, una Oficina de Estudios Actuariales y Económicos, y una Oficina de Asuntos Educativos y Comunicacionales, cuyos fines específicos serán establecidos en el Reglamento de esta Ley.
Cada Régimen Prestacional creará una Oficina de Asuntos Educativos y Comunicacionales, cuyos fines y funciones serán establecidos en las leyes de los regímenes prestacionales.
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