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Título II
Estructura organizativa y funcional del sistema de seguridad social
Capítulo I
Estructura del Sistema
Órganos de consulta, participación ciudadana y control social
Artículo 23: Corresponde al Ejecutivo Nacional la creación de los órganos de consulta, seguimiento y control para la participación ciudadana en las instituciones del Sistema de Seguridad Social. Estos órganos deberán estar integrados por los actores sociales vinculados a la seguridad social y por oíros, cuya participación contribuya a hacer efectivo el derecho de las personas a la segundad social.
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