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Título IX
De las Infracciones y Sanciones
Artículo 93.: Se consideran infracciones de los usuarios las siguientes:
1. La conexión no autorizada a los sistemas eléctricos;
2. El consumo no autorizado de energía eléctrica;
3. La sustracción de energía mediante conexiones no autorizadas o alteración de equipos de suministro o instrumentos de medición;
4. La alteración, daño o modificación intencional de los medidores, sus equipos asociados y los equipos destinados a la prestación del servicio.
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