VENEZUELA VIRTUAL | Leyes de Venezuela | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica del Servicio Eléctrico
Título IX
De las Infracciones y Sanciones


Artículo 93.: Se consideran infracciones de los usuarios las siguientes:

1. La conexión no autorizada a los sistemas eléctricos;

2. El consumo no autorizado de energía eléctrica;

3. La sustracción de energía mediante conexiones no autorizadas o alteración de equipos de suministro o instrumentos de medición;

4. La alteración, daño o modificación intencional de los medidores, sus equipos asociados y los equipos destinados a la prestación del servicio.

 EFEMÉRIDES