|
|
 |
Título IX
De las Infracciones y Sanciones
Artículo 91:Será sancionada con multa de hasta cien mil unidades tributarias (100.000 UT), la empresa que ejerza la gestión del Sistema Eléctrico Nacional sin ajustarse a las disposiciones contenidas en esta Ley y su Reglamento.
|
 |
 |
|
|
|