VENEZUELA VIRTUAL
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Leyes de Venezuela
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Leyes Orgánicas
| Ley Orgánica del Servicio Consular
Sección Novena
Disposiciones Generales
Artículo 61:
El horario de la Oficina Consular será el mismo que tengan establecido las autoridades locales con un mínimo de cinco (5) horas hábiles para atención al público.
EFEMÉRIDES