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Titulo III
De los órganos subordinados del consejo nacional electoral
Capítulo II
De la junta nacional electoral
Sección Primera
De su definición y sus funciones
Artículo 47: Organismos Electorales Subalternos. La Junta Nacional Electoral tiene como organismos electorales subalternos las juntas regionales, las juntas municipales electorales, las mesas electorales y, cuando se crearen, las juntas metropolitanas y juntas parroquiales electorales.
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