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Titulo II
Del órgano rector del poder electoral

Capítulo V
De la presidenta o el presidente, vicepresidenta o vicepresidente y de la secretaria o el secretario del consejo nacional electoral, y sus atribuciones

Artículo 37: Designación del Presidente o Presidenta y Vicepresidente o Vicepresidenta. La Presidenta o el Presidente y la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Consejo Nacional Electoral serán designadas o designados de su seno y durarán tres (3) años y seis (6) meses en el ejercicio de sus funciones.

 EFEMÉRIDES