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Título III
Descentralización de Funciones


Artículo 23:La formulación de la política en materia turística y el ejercicio de las actividades de planificación por parte del Ministerio del ramo, se harán en armonía con los intereses de las unidades político territoriales de la República para dar cumplimiento a los fines del presente Decreto Ley.

 EFEMÉRIDES