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Título II
Órganos y Entes de la Administración Central y Descentralizada Encargados del Turismo
Capítulo II
Instituto Autónomo Fondo Nacional de Promoción y Capacitación para la Participación Turística


Artículo 12: El patrimonio del Instituto Autónomo Fondo Nacional de Promoción y Capacitación para la Participación Turística está integrado por:

1. Los recursos que se encuentran en la cuenta separada y administración autónoma del Fondo Nacional de Promoción y Capacitación Turística en el presupuesto de la Corporación de Turismo de Venezuela para la fecha de entrada en vigencia de este Decreto Ley.

2. Los bienes provenientes de donaciones o legados.

3. Los bienes muebles e inmuebles que le sean transferidos sin compensación alguna por la Corporación de Turismo de Venezuela conforme a las normas jurídicas aplicables.

4. Los demás bienes que adquiera por cualquier otra causa o motivo legítimos.

 EFEMÉRIDES