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Título V
De las Sanciones y Penas
Obligación de suministrar datos o información


Artículo 54: Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como los funcionarios públicos que tengan la obligación de suministrar los datos e informaciones a que se refiere la presente Ley y se negaren a ello, o que las dieren falsas, serán penados con prisión de 2 a 4 años, en el caso de los particulares; y de 4 a 6 años en el caso de los funcionarios públicos.

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