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Título III
Consejo De Defensa De La Nación
Capítulo IV
De la Secretaría General del Consejo de Defensa de la Nación
Secretario o Secretaria
Artículo 41: La Secretaría General estará a cargo de un Secretario o Secretaria quien será de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente o Presidenta del Consejo de Defensa de la Nación. Los requisitos del cargo serán establecidos en el Reglamento de esta Ley.
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