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Título II
De la Seguridad y Defensa Integral de la Nación
Capítulo II
De la Defensa Integral de la Nación
Desarrollo de la tecnología e industria militar
Artículo 21: El Estado promueve la iniciativa pública y privada en el desarrollo de la tecnología e industria militar, sin más limitaciones que las previstas en la Constitución y las leyes, con el objeto de fortalecer el poder nacional; a tales efectos, podrá establecer alianzas estratégicas con otros Estados y con empresas nacionales e internacionales.
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