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Título V
Del Financiamiento de la Salud
Capítulo II
De los Fondos de Seguridad Social y de Asistencia Social para el Financiamiento de la Atención Médica
Artículo 57: El Fondo Estadal de Asistencia Social para el financiamiento de la salud deberá aplicar en la entidad federal correspondiente los mismos criterios previstos en relación con la distribución del presupuesto observado por el Fondo Nacional de Asistencia Social.
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