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Título IV
De los Establecimientos de Atención Médica
Capítulo II
Del Funcionamiento de los Establecimientos de Atención Médica
Artículo 42: Por acreditación se entenderá el proceso obligatorio de evaluación de los recursos institucionales de los establecimientos de salud, mediante el cual se otorga un registro reconocido en toda la Nación, que tiende a garantizar la calidad de la atención y en el cual se dejará constancia de la calificación o clasificación de los establecimientos de atención médica.
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