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Título II
De la Organización Pública en Salud
Capítulo II
De la Administración Nacional de Salud


Artículo 12: Para el desarrollo de las disposiciones contenidas en esta Ley, se dictarán entre otros, los reglamentos relativos a las siguientes actividades:

Los lineamientos para la elaboración del Plan Nacional de Salud y su seguimiento.

Los servicios de promoción y conservación de la salud, saneamiento ambiental, atención médica e investigación científica y contraloría sanitaria.

La organización, funcionamiento y financiamiento de los establecimientos de atención médica.

La ejecución y coordinación de los procesos de descentralización administrativa de los servicios para la salud.

La organización del sistema de información del Registro Nacional de Salud.

El Ejecutivo Nacional podrá dictar cualesquiera otras normas de carácter reglamentario que desarrollen los principios establecidos en esta Ley.

 EFEMÉRIDES