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Título IV
De los planes
Capítulo II

Los Planes Estadales y Municipales

Sección II
El Plan Municipal de Desarrollo

Instrucciones

Artículo 57: El Alcalde de cada municipio debe dictar las instrucciones necesarias para la elaboración de los planes que, con carácter obligatorio, deben formular todos los órganos y entes de la Administración Publica Municipal.

 EFEMÉRIDES