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Título IV
De los planes
Capítulo I
Los Planes Nacionales
Sección II
El Plan Operativo Anual Nacional
Condiciones Regionales y Locales
Artículo 18: Con el objeto de ajustar los proyectos y acciones contemplados en el Plan Operativo Anual Nacional con los lineamientos y directrices previstos en la estrategia de desarrollo regional, los órganos y entes de la Administración Pública deben tomar en consideración las condiciones regionales y locales.
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