VENEZUELA VIRTUAL | Historia de Venezuela | Leyes y documentos históricos | Leyes Orgánicas
Título X
De los fondos marinos y oceánicos

Artículo 71: La autorización, supervisión y control de las actividades relacionadas con la ubicación, intervención apropiada y protección del patrimonio cultural y arqueológico subacuático que se encuentra en los espacios acuáticos e insulares de la República, serán regulados en leyes y reglamentos especiales.

 EFEMÉRIDES