VENEZUELA VIRTUAL | Historia de Venezuela | Documentos históricos | Leyes Orgánicas
Título I
De las Dependencias y su Régimen Gubernativo

Artículo 2:Mientras las Dependencias Federales no hayan sido elevadas a la categoría de Territorios Federales, tendrán en los lugares más poblados y donde las circunstancias lo requieran, un Comisario General, nombrado por el Ejecutivo Federal, por órgano del Ministerio de Relaciones Interiores, y los demás empleados que fueren necesarios.

 EFEMÉRIDES