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Título IV
Del procedimiento administrativo previo a las acciones contra la República y de la actuación de la Procuraduría General de la República en juicio
Capítulo II
De la actuación de la Procuraduría General de la República en juicio

Sección Primera
Disposiciones Generales

Artículo 67: Los órganos y entes de la Administración Pública deben remitir a la Procuraduría General de la República la información y documentación que ésta les requiera para actuar en representación y defensa de los derechos, bienes e intereses patrimoniales de la República.

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