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Título III
De la Procuraduría General de la República, del procurador o procuradora general de la República y del personal de la Procuraduría General de la República
Capítulo III
Del personal de la Procuraduría General de la República

Artículo 53: La Procuraduría General de la República puede contratar los servicios de especialistas sobre materias que requieran conocimientos, experticia y dedicación especial.
 EFEMÉRIDES