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Título III
De la Procuraduría General de la República, del procurador o procuradora general de la República y del personal de la Procuraduría General de la República
Capítulo III
Del personal de la Procuraduría General de la República

Artículo 52: En ningún caso, los derechos consagrados a los funcionarios de la Procuraduría General de la República serán inferiores a los reconocidos a los funcionarios públicos en la Constitución y en la ley.

 EFEMÉRIDES