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Título III
De la Procuraduría General de la República, del procurador o procuradora general de la República y del personal de la Procuraduría General de la República
Capítulo III
Del personal de la Procuraduría General de la República

Artículo 49: El Sistema de la Carrera de la Procuraduría General de la República se aplica a los funcionarios o funcionarias de la Institución, con excepción de los funcionarios o funcionarias que ocupen cargos de libre nombramiento y remoción, los contratados y los obreros.

Son funcionarios o funcionarias de carrera de la Procuraduría General de la República, los que ingresen a la Institución de conformidad con los requisitos y condiciones establecidos en el Estatuto correspondiente, dictado por el Procurador o Procuradora General de la República.

Son de libre nombramiento y remoción los cargos cuyas funciones son de alto nivel y de confianza. Son de alto nivel los cargos directivos y los que, por la índole de sus funciones, tengan injerencia en la toma de decisiones. Son de confianza los cargos cuyas funciones impliquen el conocimiento de informaciones de confidencialidad y estén ubicados en los despachos de los cargos directivos.

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