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Título II
De las atribuciones de la Procuraduría General de la República
Capítulo IV
En materia de contratación de servicios de asesoría jurídica

Artículo 14: Los contratos de asesoría jurídica a ser suscritos por los órganos y entes de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, requieren la autorización previa y expresa de la Procuraduría General de la República, de conformidad con la normativa correspondiente.

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