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Título II
De la Organización, Competencia y Funcionamiento
Capítulo IV
De los Defensores Delegados o Defensoras Delegadas Especiales, Especiales Indígenas, Estadales y Municipales

Artículo 46: Organización y Funcionamiento. La organización y funcionamiento de las Defensorías Delegadas Municipales serán determinados por el Reglamento Interno y tendrán las competencias que les atribuya el Defensor o Defensora del Pueblo.

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