VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
Artículo 64: Los principios y disposiciones establecidos para la administración financiera nacional regirán la de los estados, distritos y municipios, en cuanto sean aplicables. A estos fines, las disposiciones que regulen la materia en dichas entidades, se ajustarán a los principios constitucionales y a los establecidos en esta Ley para su ejecución y desarrollo.

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