VENEZUELA VIRTUAL
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Leyes
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Leyes Orgánicas
| Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
Artículo 54:
Ningún pago puede ser ordenado sino para pagar obligaciones válidamente contraídas y causadas, salvo lo previsto en el artículo 113 de esta Ley.
EFEMÉRIDES