VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Central
Título VII
Disposiciones Transitorias
Artículo 88 Aquellos Ministerios que dentro de su presupuesto contemplen créditos a ser transferidos a los organismos adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología, continuarán ejecutándolos hasta tanto se creen las estructuras administrativas necesarias en dicho Ministerio.

 EFEMÉRIDES