VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Central
Título VII
Disposiciones Transitorias
Artículo 84 Los derechos y obligaciones asumidos por la República, por órgano de los Ministerios y las Oficinas Centrales de la Presidencia de la República fusionados o suprimidos quedan a cargo del Ministerio que, según lo dispone el presente Decreto Ley, asuma la competencia.

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