VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Central
Título III
De los Ministros y Ministerios
Capítulo II Del número, Denominación y Competencias de cada Ministerio Artículo 39 Los Ministerios serán los siguientes:

Del Interior y Justicia

de Relaciones Exteriores

de Finanzas

de la Defensa

de la Producción y el Comercio

de Educación Cultura y Deportes

de Salud y Desarrollo Social

del Trabajo

de Infraestructura

de Energía y Minas

del Ambiente y de los Recursos Naturales

de Planificación y Desarrollo

de Ciencia y Tecnología

de la Secretaría de la Presidencia.

 EFEMÉRIDES