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Título I
Disposiciones fundamentales
Artículo 8: La dimensión y complejidad organizacional y burocrática de la Administración Central deberá ser proporcional y corresponderse con los fines y propósitos que le han sido asignados. Las formas organizativas que adopte la Administración Central deberán ser suficientes para el cumplimiento de sus metas y objetivos así como propender a la economía de los recursos del Estado.
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