VENEZUELA VIRTUAL | Leyes | Leyes Orgánicas | Ley Orgánica de Identificación
Capítulo II
De la identificación de las personas naturales
Derechos

Artículo 3: Toda persona tiene derecho a poseer un medio de identificación desde el momento de su nacimiento. Su otorgamiento estará limitado sólo por las disposiciones previstas en la ley.

 EFEMÉRIDES