VENEZUELA VIRTUAL
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Leyes Orgánicas
| Ley Orgánica de Hidrocarburos
Artículo 45:
La regalía podrá ser exigida por el Ejecutivo Nacional, en especie o en dinero, total o parcialmente. Mientras no la exigiere de otra manera, se entenderá que opta por recibirla totalmente y en dinero.
EFEMÉRIDES